- Edificios altos y condominios -
¿Cuál es el problema?
· El índice de rayos (caída/km2/año) está entre "moderado" y "alto" para la mayoría de Bolivia El índice es mucho más alto en el trópico.
· Los rayos ‘caen’ en saltos hasta puntos más elevados. Los edificios sobresalen al terreno …
entonces se sabe que los
è Edificios más altos sufren más impactos de rayos ç
· La distribución de energía eléctrica de baja tensión no esta protegida contra rayos. La mayoría de los transformadores de distribución NO tienen protección por falta de conductores de bajada (fueron robados) de sus descargadores de media tensión. Esto pone en riesgo a los edificios, la maquinaria eléctrica adentro y personas.
· Las instalaciones eléctricas carecen en general de conexiones a la tierra. Según las normas un conductor de tierra debe estar presente en cada enchufe. La falta de tierra pone a cada aparato eléctrico y electrónico a riesgo.
· Una gran mayoría de los edificios comerciales NO tienen pararrayos según las normas internacionales; muchos pararrayos carecen de dos buenas conexiones a la tierra. Nadie tiene descargadores para proteger contra sobre-voltaje en el cableado.
· Estadísticamente sabemos que la mayoría de pérdidas económicas son debidas a sobre-voltaje inducido en el cableado. Esto incluye el cableado de luz, teléfono, banda ancha y televisión por cable.
La frecuencia de caída de rayos es apreciable en Bolivia; el trópico sufre aún más. Una vez que cae un rayo cerca de las instalaciones eléctricas habrá destrozos posibles en todo tipo de aparatos eléctricos y electrónicos enchufados. Hay normas internacionales que indican como proteger los bienes y vida.
¿Qué dicen las normas sobre la protección contra rayos?
La protección depende de tres pilares. La falta de un solo pilar puede someter la maquinaria dentro un edificio a las fuerzas destructivas de un rayo.
· Protección del edificio físico: Pararrayos
o Las normas de varias regiones mundiales son muy semejantes. Las normas del IEC (Ginebra-Suiza) son las más extensas y detalladas. Estas normas fueron elaboradas a través de casi cien años de experiencia y estudios.
o Las estructuras son protegidas por múltiples pararrayos conectados a múltiples bajadas a la Puesta A Tierra (PAT).
o Las normas de instalaciones eléctricas en Bolivia y el mundo exigen tratamiento especial para edificios e instituciones públicos.
· Protección del cableado: Descargadores
o La protección del cableado es más complicada por varias razones:
§ Líneas de luz, teléfono y banda ancha se extienden por varios kilómetros. Así edificio está expuesto a rayos y los efectos de los rayos sobre un área muy grande.
§ La mayoría de la distribución de luz / electricidad en Cochabamba no tiene referencia a la tierra. Esto complica la protección contra rayos.
§ Un porcentaje notable de los transformadores de luz no tienen sus descargadores conectados a la tierra. Así la primera línea de defensa contra rayos está inutilizada en muchos lugares.
§ Cada alambre, cable o línea de teléfono / banda ancha tiene que tener su propia protección. La protección es por medio de descargadores de sobre-tensión.
· El tercer pilar de protección: Aterramiento
o Ambos los pararrayos y descargadores tiene que desviar la energía destructiva del rayo a la tierra. El sistema de aterramiento tiene éste deber.
o La Puesta a Tierra (PAT) o sistema de aterramiento tiene que ser a) de muy baja resistencia y b) capaz de desviar miles de amperios en menos de un milisegundo.
o Para proteger edificios e instituciones públicas, es imprescindible tener aterramiento para la instalación eléctrica.
o Instalaciones eléctricas de objetos metálicos en el tejado tienen sus propias normas para crear zonas equipotenciales. Estas zonas protegen la vida y la maquinaria en el tejado.

è Tres factores esenciales ç
1. Depende de una buena y confiable Puesta a Tierra. Sin el PAT, no se puede proteger el cableado de los efectos de los rayos.
2. Tiene que traer todos los descargadores del cableado a una sola conexión a el PAT. Así evita diferencias de voltaje al caer un rayo.
3. Las normas exigen protección de la instalación de luz en tres niveles:
o La primera línea de defensa está en el medidor / poste de luz
o La segunda se instala en los tableros
o La tercera protege cada enchufe
4. Todo cableado del exterior del edificio tiene que pasar por su propio descargador de sobretensión: luz, teléfono y banda ancha.
¿Cómo podemos ayudarle a proteger sus bienes y vida contra los rayos y los efectos de los rayos?
A. Tenemos pericia en normas y estándares internacionales sobre el tema de protección contra rayos y los efectos perjudiciales de rayos. Más de 30 años de experiencia en telecomunicaciones en los EE.UU. y estándares internacionales. Capacitación en los EE. UU. especifica en a) diseño e instalación de pararrayos; b) aterramiento de instalaciones de alta valor.
B. Pararrayos según las normas con sus ataduras todos con el sello de Underwriters Laboratories (UL). Tales materiales son aprobados después de una larga serié de pruebas de UL en sus laboratorios. Representamos a Harger.
C. Elaboración del PAT con materiales de Bolivia. Para situaciones difíciles tenemos acceso a productos de Lyncole Grounding Systems LLC. Además tenemos un instrumento de medición de resistencia a la tierra de la PAT.
D. Representamos una amplia gama de descargadores de Clamper para proteger el cableado de luz, teléfono, banda ancha y red de Internet. Para aplicaciones muy exigentes tenemos acceso a productos de Sinetamer de los EE.UU.
· La inversión en edificios altos y condominios es grande e importante. El contenido de edificios es aún mayor.
· Los rayos son una amenaza a la inversión; pueden caer a kilómetros de distancia y causar destrozos a su maquinaria y computadores.
· El problema de los daños por rayos es bien conocido y a través de más de 100 años de desarrollo tiene su remedio: normas internacionales. Somos peritos en la aplicación de las normas.
· Tenemos los materiales, pericia y descargadores para elaborar una defensa hermética contra rayos. Los habitantes de edificios merecen la mejor seguridad de vida y protección de sus bienes.
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